SE DAN A CONOCER LAS REGLAS PARA EL REGISTRO DE PERSONAS FÍSICAS Y MORALES QUE PRESTEN SERVICIOS ESPECIALIZADOS.
Con motivo de las reformas a la Ley del Trabajo (LFT), publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 23 de abril de 2021, se incorporó la prohibición de la subcontratación de personal y se estableció, de manera excepcional, que únicamente se pueden subcontratar servicios especializados o de ejecución de obras especializadas cuando estos servicios u obras no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la que subcontrata.
Dentro de las reformas y derivado de esta prohibición, la Ley obliga a las personas físicas y morales que presten los mencionados servicios y obras especializadas a registrarse a un “Padrón Público de Contratistas de Servicios Especializados u Obras Especializadas”, con el objetivo de contar con un acervo vigente, estadístico y de control, que permita identificar, registrar y regular a estas entidades.
Derivado de lo anterior, el día de hoy 24 de mayo de 2021 la Secretaria del Trabajo y Previsión Social dio a conocer a través del...