CANCELACIÓN DEL CFDI – ¿Se requiere aceptación del receptor?

CANCELACIÓN DEL CFDI – ¿Se requiere aceptación del receptor?

RMF2023- REGLA 2.7.1.34. ACEPTACIÓN DEL RECEPTOR PARA LA CANCELACIÓN DEL CFDI. Cuando el emisor de un CFDI requiera cancelarlo, podrá solicitar la cancelación a través del Portal del SAT. El receptor del CFDI recibirá un mensaje a través del buzón tributario indicándole que tiene una solicitud de cancelación de un CFDI, por lo que deberá manifestar a través del Portal del SAT, a más tardar dentro de los tres días siguientes contados a partir de la recepción de la solicitud de cancelación de CFDI, la aceptación o negación de la cancelación del CFDI. El SAT considerará que el receptor acepta la cancelación del CFDI si transcurrido el plazo a que se refiere el párrafo anterior, no realiza manifestación alguna. Cuando se cancele un CFDI que tiene relacionados otros CFDI, estos deberán cancelarse previamente. En el supuesto de que se cancele un CFDI aplicando la facilidad prevista en esta regla, pero la operación subsista emitirá un nuevo CFDI que estará relacionado con el cancelado...
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Factura Global 4.0

Factura Global 4.0

Los contribuyentes están obligados a expedir comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI) por los actos o actividades realizadas, por los ingresos que perciban o por las retenciones de contribuciones que efectúen. En los casos que no se cuente con el RFC del receptor o que no se solicita un CFDI, a estas operaciones se conocen como “celebradas con el público en general”, y en la regla 2.7.1.21 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2022 se establece una facilidad para elaborar un CFDI global. Este CFDI deberá remitirse al SAT dentro de las 72 horas siguientes al cierre de las operaciones realizadas de manera diaria, semanal, mensual o bimestral. A partir del 1 de abril de 2023 la única versión válida será la 4.0, por lo cual hacemos mención de algunos puntos distintivos en el llenado de la factura global: ۰ RFC.- Se debe registrar el valor “XAXX010101000” conforme a la regla 2.7.1.23. de la RMF. ۰ Uso CFDI.- Se debe registrar la clave “S01” (Sin efectos...
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Ley general para el control del tabaco.

Ley general para el control del tabaco.

Entra en vigor el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco. El 13 de enero del 2023 el Diario Ofcial de la Federación publicó un acuerdo por el que se dan a conocer los requisitos y características con las que deberá contar la lista textual y escrita de los productos de tabaco para su comercialización en los puntos de venta. Lo anterior en concordancia con la entrada en vigor el pasado domingo 15 de enero del presente año del nuevo reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco, el cual fue publicado el 16 de diciembre del 2022. La modifcación establece los siguientes puntos importantes:٠ Se prohíbe la exhibición directa o indirecta de los productos elaborados con tabaco en los puntos de venta. ٠ Se amplía la protección a niñas, niños y adolescentes contra la exposición al humo de tabaco y emisiones.٠ Se eliminarán las áreas para...
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Deducción fiscal por arrendamiento de casa habitación.

Deducción fiscal por arrendamiento de casa habitación.

En relación con los pagos por el uso o goce temporal de casas habitación, el artículo 28 F- XIII de la LISR hace la referencia al reglamento de ésta misma ley, donde se establecen los requisitos a cumplir a fin de que estas erogaciones puedan ser deducibles para los contribuyentes. Es importante considerar que los pagos por concepto de arrendamiento de casas habitación con fines de recreación en ningún caso serán deducibles. Requisitos: a) Se deberá presentar un aviso ante la autoridad fiscal correspondiente, donde manifesten bajo protesta de decir verdad, que la información presentada es cierta y refeja los hechos, actos y operaciones que realiza el contribuyente. b) Asimismo, la regla 3.3.1.34 señala que además el contribuyente debe de comprobar que se utilizan por necesidades especiales de la actividad, en términos de la ficha de trámite 72/ISR ''Aviso para deducir pagos por el uso o goce temporal de casa habitación e inversiones en comedores, aviones y embarcaciones'', contenida en el Anexo 1-A. Una vez...
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Nuevos factores de integración para vacaciones 2023

Nuevos factores de integración para vacaciones 2023

Debido a los cambios de los artículos 76 y 78 de la LFT, en los cuales se aumentó los días de vacaciones a partir de 2023, el cual propone ampliar de 6 a 12 días las vacaciones al cumplir un trabajador un año de laborales. El factor de integración mínimo será de 1.0493 a partir de 2023, al modificar a 12 los días de vacaciones en el primer año. Este factor de integración reemplaza al que anteriormente consideraba 6 días de vacaciones en el primer año y que era del 1.0452. Con dicho cambio, los días de vacaciones y factor de integración quedarían de la siguiente manera. Es necesario tener en cuenta los elementos que sirven para determinar el factor de integración: ٠Años laborados: tiempo que lleva laborando en la empresa. ٠Salario diario: salario diario que recibe un trabajador por parte del patrón, más todas las prestaciones de ley que se encuentren en el recibo de nómina. ٠Días de aguinaldo: La Ley Federal del Trabajo establece en...
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¿Cómo saber si tengo deudas con el SAT?

¿Cómo saber si tengo deudas con el SAT?

Si no tienes un contador encargado de tus obligaciones fiscales es posible que no estés seguro de si tienes alguna deuda ante el SAT, así que puedes solicitar una opinión de cumplimiento. Para generarla debes contar con tu firma electrónica vigente y visitar la página www.sat.gob.mx en el menú “otros trámites y servicios” y buscar la opción “obtén tu opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales”. Ingresa con tu firma electrónica y da clic en el botón “consultar”. En el documento que se descarga podrás ver si la opinión es negativa o positiva, así como las obligaciones que tienes pendientes. Este documento te servirá como una guía para conocer tu situación, sin embargo no podrás ver si tus declaraciones fueron presentadas a tiempo y forma o si se presentaron correctamente. Así que lo mejor es que contactes a un experto que pueda orientarte y te ayude a estar al corriente con el SAT para así evitar multas.   Si necesitas asesoría fiscal o estás buscando contadores de...
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NUEVO FORMATO DE DECLARACIÓN ANUAL 2022 PARA PERSONAS MORALES RÉGIMEN GENERAL

NUEVO FORMATO DE DECLARACIÓN ANUAL 2022 PARA PERSONAS MORALES RÉGIMEN GENERAL

Se requiere más información De acuerdo con la información dada a conocer por el SAT en relación al aplicativo de la declaración anual 2022, el formato para la presentación de la Declaración Anual 2022 para Personas Morales del Régimen General ha cambiado, y es que ahora se deberá registrar más información y además se adicionaron 2 nuevos apartados: 1. Flujo de efectivo2. Cambios en el Capital Contable Activo Solicitando información comparativa del ejercicio 2021 y 2022 e información de las subcuentas de Activo, Pasivo y Capital. Estado de Resultados Asimismo en los rubros del estado de resultados se deberán capturar los importes que se tenían en las subcuentas comparativo ejercicio 2021 contra 2022.  Flujo de efectivo En el estado de fujo de efectivo, solicita el método utilizado, ya sea directo o indirecto. Asimismo el estado de fujo de efectivo solicitará dato de subcuentas y comparativas del ejercicio 2021 y 2022. Cambios en el capital contable En este rubro también se señalarán las subcuentas de las cuentas, solicitando comparativa del ejercicio 2021...
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Último plazo para corrección de CFDI de nóminas del ejercicio fiscal 2022.

Último plazo para corrección de CFDI de nóminas del ejercicio fiscal 2022.

De conformidad con la regla 2.7.5.6 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023 se extiende el plazo para corregir los CFDI que se hubiesen emitido en 2022 pero que contengan errores u omisiones en su contenido, teniendo como fecha límite el 28 de febrero de 2023. Asimismo es importante recordar que la versión 4.0 para la emisión de CFDI será la única válida a partir del 1 de abril del 2023, por lo que se recomienda verifcar que los sistemas de facturación se encuentren actualizados para cumplir con este nuevo requerimiento. Emisión de CFDI por concepto nómina del ejercicio fiscal 2022 2.7.5.6. Para los efectos de los artículos 29, segundo párrafo, fracción V y último párrafo del CFF; 27, fracciones V, segundo párrafo y XVIII, primer párrafo, 98, fracción II y 99, fracción III de la Ley del ISR, así como 39 del Reglamento del CFF, los contribuyentes que durante el ejercicio fscal 2022 hayan emitido CFDI de nómina que contengan errores u omisiones...
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Colegiaturas. Requisitos para su deducción.

Colegiaturas. Requisitos para su deducción.

Una de las deducciones personales para las personas físicas, son las colegiaturas de los ascendientes, descendientes, cónyuge, o de la misma persona física, por lo que se deben de revisar los requisitos necesarios para su deducción, a fin de saber si se pueden considerar en la declaración anual correspondiente al ejercicio 2022 que se presentará a más tardar en el mes de abril de 2023. Esta deducción se establece a través de un Decreto como estímulo, por lo que no entra en el monto establecido como límite de las deducciones personales señaladas en el artículo 151 de la LISR. ‌ Límite de la deducción anual: ٠ Preescolar: $14,200 ٠ Primaria: $12,900 ٠ Secundaria: $19,900 ٠ Profesional técnico: $17,100 ٠ Bachillerato o su equivalente: $24,500 ‌ No se deben considerar, las erogaciones efectuadas por concepto de inscripciones, cuotas de mantenimiento, material educativo, transportación escolar, materias o cursos adicionales, uniformes o exámenes de cualquier índole. ‌ Beneficiarios: Los gastos deben de ser: ٠ Para si mismo ٠ Para su cónyuge o persona con quien viva en...
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Obligación de retener ISR a personas físicas de RESICO

Obligación de retener ISR a personas físicas de RESICO

A las Personas Morales se les obliga a efectuar la retención del Impuesto Sobre la Renta (ISR), aunque esta no se plasme en el CFDI de tipo ingreso de los contribuyentes del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO). Es importante evitar la no retención del ISR al RESICO, ya que el incumplimiento conlleva el pago de dicha retención por parte de la Persona Moral con actualizaciones y recargos. Existen diversas obligaciones para las personas morales de retener el ISR y uno de los problemas que han surgido en el transcurso de este año es respecto a las compras hechas a las personas físicas del RESICO, ya que en algunos casos la retención no está expresamente en el CFDI de tipo ingreso que emiten, esta situación no exime a la persona moral de efectuar la retención. El artículo 113-J de la Ley del Impuesto Sobre la Renta establece la obligación para las personas morales de retener el 1.25% de ISR a las personas físicas del...
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El SAT te recuerda que no cobra ni vigila los depósitos en efectivo.

El SAT te recuerda que no cobra ni vigila los depósitos en efectivo.

Desde hace años y en fecha reciente siguen apareciendo publicaciones de particulares en las cuales se menciona que el SAT está cobrando impuesto por los depósitos en efectivo que se realicen a las cuentas bancarias, y en varias ocasiones el SAT alerta a los contribuyentes de que es falso lo que mencionan dichas publicaciones. Por lo que nuevamente en fecha 17 de agosto el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó un comunicado donde se informa que “es falso que el SAT cobre impuestos por depósitos en efectivo realizados en instituciones bancarias”. En dicho comunicado también se afrma que todos aquellos depósitos que se realicen de padres a hijos, pagos por ventas de catálogo, tandas o préstamos personales “no se les vigila, ni cobra algún tipo de impuesto”. Durante los ejercicios de 2008 al 2013 estuvo vigente la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo, la cual fue abrogada a partir de 2014, y aunque a partir de dicha fecha los depósitos...
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Multas por no identificar al beneficiario controlador.

Multas por no identificar al beneficiario controlador.

El 1° de enero del 2022 entró en vigor una nueva obligación en materia fiscal relacionada con la figura del beneficiario controlador.   El fundamento de esta nueva regulación se encuentra establecido en los artículos 32-B Ter a 32-B Quinquies, del Código Fiscal de la Federación (CFF), la cual establece la obligación de identificar al beneficiario controlador de personas morales, fideicomisos y otras figuras jurídicas, así como obtener diversa información de éste que el SAT podrá requerir como parte de su contabilidad.   Es necesario señalar lo que es un beneficiario controlador tal y como lo indica el numeral 3, fracción III de las Reglas de Carácter General de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), “beneficiario controlador se refiere a la persona o grupo de personas que por medio de otra o cualquier acto obtiene beneficio derivado de estos y es quien, en última instancia, ejerce los derechos de uso, goce, disfrute, aprovechamiento o...
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Cancelación de sellos digitales.

Cancelación de sellos digitales.

La actividad más importante de una empresa son las ventas, en primer lugar, porque es uno de los objetivos al momento de constituirlas y en segundo porque esto le resulta en flujo de efectivo para asegurar su operación. Por tal motivo y en línea con las leyes fiscales, las facturas electrónicas, que amparan las ventas, son necesarias para llevar a cabo los objetivos antes mencionados. Para la elaboración de estas facturas es indispensable contar con el certificado de sello digital, el cual sirve para firmarlas y sin ella es imposible entregarle facturas al cliente y dado que para éste último le es requisito para deducir sus gastos, las ventas de una empresa se verían gravemente interrumpidas. Por esa razón es necesario conocer cuáles son las razones por las que el fisco puede suspender los certificados de sellos digitales, para evitar caer en ellas. Al pie del artículo 17H Bis del CFF las autoridades fiscales podrán restringir temporalmente el uso de los mismos...
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Nueva versión de facturación electrónica.

Nueva versión de facturación electrónica.

El CFDI 4.0 constituye la única modalidad aceptada por la autoridad fiscal a partir del 1 de mayo de 2022, fecha que marca el inicio de su emisión obligatoria tras el término del plazo de prueba (emisión opcional) iniciado el 1 de enero de ese mismo año.  Los cambios más importantes que se implementan en los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) se resumen en:  ٠ Se especificarán el nombre y el domicilio fiscal del emisor y del receptor de la factura. ٠ Indicará si las operaciones amparadas son objeto de impuestos indirectos.  ٠ Llevará nuevos apartados para informar sobre operaciones con el público en general y las realizadas a cuenta de terceras personas.  ٠ Podrán identificarse las operaciones donde haya una exportación de mercancías.  ٠ Ahora podrán cancelarse las facturas, siempre que se señale la razón de ello y se haga dentro del plazo fijado.  El Complemento para recepción de pagos, es decir aquél que debe expedirse junto con el CFDI cuando se reciben pagos en...
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El SAT presenta facilidades para la Declaración Anual 2021 de personas morales

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) facilita el cumplimiento de obligaciones fiscales de los contribuyentes al ofrecer mejoras e innovaciones en las herramientas que pone a su disposición para presentar la Declaración Anual 2021 de personas morales. Desde 2021, las personas morales pueden renovar su e.firma, también conocida como firma electrónica, por medio del Portal del SAT sin la necesidad de acudir a una oficina; ya sea que se encuentre próxima a caducar o que no exceda de un año de vencida. Para renovar la e.firma (firma electrónica) si está próxima a vencer deben ingresar a sat.gob.mx, apartado Empresas, o bien, acceder directamente a la siguiente liga:  https://www.sat.gob.mx/empresas/otros-tramites-y-servicios y seguir estos pasos: Da clic en Otros trámites y servicios. Selecciona Ver más. Elige la opción Identificación y firmado electrónico. Selecciona Renueva el Certificado de e.firma de tu empresa.  Pueden hacerlo en cualquier momento y hasta 24 horas antes del vencimiento de su e.firma (firma electrónica). Si la e.firma (firma electrónica) de su empresa tiene menos de un año...
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Beneficiario Controlador – Multas por no identificarlo 

A partir del 2022 se incorpora a la reforma fiscal una nueva obligación para personas morales, fideicomisos y demás figuras jurídicas.  Para cumplir con esta obligación se deberá obtener, conservar y proporcionar al SAT cuando se requiera, la información fidedigna y actualizada de cada beneficiario controlador. Esta es la información que se debe tener actualizada: I. Nombres y apellidos completos, los cuales deben corresponder con el documento oficial con el que se haya acreditado la identidad. II. Alias. III. Fecha de nacimiento. Cuando sea aplicable, fecha de defunción. IV. Sexo. V. País de origen y nacionalidad. En caso de tener más de una, identificarlas todas. VI. CURP o su equivalente, tratándose de otros países o jurisdicciones. VII. País o jurisdicción de residencia para efectos fiscales. VIII. Tipo y número o clave de la identificación oficial. IX. Clave en el RFC o número de identificación fiscal, o su equivalente, en caso de ser residente en el extranjero, para efectos fiscales. X. Estado civil, con identificación del cónyuge y régimen patrimonial, o identificación de...
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