La Unidad de Medida y Actualización (UMA) es una unidad de cuenta que se utiliza en México para determinar el monto de diversas obligaciones y prestaciones, como el pago de impuestos, multas, créditos, pensiones, entre otros.
La UMA se estableció en 2016 como parte de una reforma a la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y se actualiza anualmente con base en el índice de precios al consumidor y en la inflación.
El uso de la UMA tiene importantes implicaciones para los mexicanos, ya que su incremento puede afectar el poder adquisitivo de los salarios mínimos y las prestaciones sociales. Por ejemplo, el aumento de la UMA puede provocar que los trabajadores tengan que destinar más recursos para el pago de sus obligaciones, como el IMSS o el Infonavit, lo que puede afectar su capacidad de consumo.
Además, la UMA también se utiliza como base para el cálculo de multas y sanciones en distintas áreas, como la ambiental, laboral o fiscal. Por lo tanto, un incremento en la UMA también puede implicar mayores costos para las personas o empresas que incumplen con alguna normativa.
El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) dio a conocer a través del Diario Ofcial de la Federación la actualización de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), indicando que el valor diario es la cantidad de $103.74 (Ciento tres pesos 74/100 M.N.), el mensual es de $3,153.70 (Tres mil ciento cincuenta y tres pesos 70/100 M.N.) y el valor anual $37,844.40 (Treinta y siete mil ochocientos cuarenta y cuatro pesos 40/100 M.N.). Dichos montos están vigentes a partir del 1o de febrero de 2023.
En lo referente a las obligaciones que tienen los contribuyentes que realizan actividades consideradas como vulnerables en materia de Prevención de Lavado de Dinero, se debe tener en cuenta que la UMA es la unidad de medida o referencia económica en pesos para determinar la cuantía de dichas obligaciones, es por ello que es importante conocer los montos actualizados de los umbrales tanto los referentes a la identifcación de clientes, así como los de presentación de Avisos en dicha materia a los que se refere la Ley Federal para la Prevención e Identifcación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LPIORPI), lo cuales tomando en cuenta la actualización de la mencionada unidad, quedan de la siguiente manera:
Existen prohibiciones generales al uso de efectivo en las actividades vulnerables de: Juegos con apuesta, concursos y sorteos; Comercialización de piedras y metales preciosos, joyas y relojes; Servicios de blindaje (vehículos y bienes inmuebles); Distribución y comercialización de todo tipo de vehículos (terrestres, marinos, aéreos); y Constitución de derechos personales de uso y goce; quedando el uso de efectivo limitado a los siguientes montos:
Es importante contar con esta información actualizada con el fin de dar cabal cumplimento a sus obligaciones dentro del marco jurídico vigente, y así evitar caer en algún supuesto de irregularidad.